En España existe cierta ambiguedad normativa con relación a la prohibición de utilizar fuentes de ignición tales como bengalas de fuego y/o chispas u otros elementos capaces de iniciar la combustión en espacios cerrados de restauración y ocio nocturno. Los casos más recientes tanto a nivel de España, en las discotecas Teatre y Fonda Milagros de Murcia con el resultado de 13 víctimas mortales o el reciente episodio ocurrido en el restaurante Fanático de Madrid que afortunadamente no causó ninguna víctima mortal, así como el caso más reciente ocurrido fuera de España y que tuvo lugar en Nochevieja en Suiza en el bar Le Constellation, y que causó 40 víctimas mortales, han puesto el foco en este asunto.
Así las cosas, a raíz de estos episodios y de la ambiguedad normativa existente en España, Spain Nightlife ha solicitado a sus colaboradores expertos en materia de prevención de incendios qué dice la normativa española al respecto de estas fuentes de ignición y si su uso en espacios cerrados de restauración y ocio nocturno está prohibido en todo el territorio nacional o bien tan solo en algunas comunidades autónomas como ahora Cataluña.
Tal y como Spain Nightlife expuso en su última comunicación, la única Comunidad Autónoma que ha regulado y prohibe la utilización de estas fuentes de ignición de fuego y/o chipas en espacios interiores de restauración u ocio es la comunidad autónoma de Cataluña, y ello a pesar de hacerlo de una forma implícita, ya que no menciona los términos "bengala" ni "pirotecnia" pero sí establece en una Instrucción Técnica (IT) incorporada a la Ley autonómica 3/2010 de Prevención de Incendios, la prohibición de que en el local se utilicen elementos de riesgo singular de incendio si no se justifica técnicamente y, evidentemente, una bengala de fuego o chispas es un elemento de riesgo singular de incendio igual que lo es cualquier fuente generadora de fuego, chispas o llama.
¿Pero qué sucede en el resto del territorio nacional? ¿Está prohibido su uso en estos espacios por alguna normativa estatal?
La utilización de bengalas de fuego y/o chispas en espacios interiores de restauración y ocio nocturno está prohibida en toda España
Pues sí, la respuesta es afirmativa: el informe encargado por Spain Nightlife y elaborado por la empresa experta en prevención de incendios Preventia, concluye que la utilización de estos elementos generadores de fuego o chispas en espacios interiores de restauración y ocio nocturno está prohibida en todo el territorio del Estado español, y el informe llega a esta conclusión por lo siguiente:
En primer lugar, el informe técnico recuerda que, por una parte, la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL)establece en su artículo 14 que el empresario está obligado a garantizar la seguridad y la salud de sus trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo, lo que incluye evaluar, eliminar o controlar los riesgos laborales identificados y, entre ellos el riesgo de incendio. Además, esta misma ley, en su artículo 15, obliga al empresario a combatir los riesgos en su origen y sustituir lo peligroso por aquello menos peligroso. Por tanto, la presencia de fuentes de ignición no controladas, como dispositivos pirotécnicos, antorchas o bengalas de fuego en el lugar de trabajo (un restaurante o una discoteca abiertas al público son lugares de trabajo), que puedan dar lugar a un incendio identificado en la evaluación de riesgos, no se ajusta a las obligaciones de prevención establecidas en la LPRL y su normativa de desarrollo (Real Decreto 486/1997).
Por otro lado, prosigue diciendo el informe elaborado por Preventia que el Código Técnico de la Edificación (Real Decreto 314/2006), en su Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (DB-SI) establece las condiciones para evitar la propagación del fuego en edificios de pública concurrencia (discotecas, bares, restaurantes, teatros) y exige limitar el riesgo de propagación de incendio en espacios interiores, por lo que el uso de fuentes de ignición (como antorchas o bengalas de fuego o chispas) en presencia de materiales decorativos o revestimientos que no sean ignífugos, vulnera estas condiciones de seguridad técnica.
En tercer lugar, el informe técnico alude al Real Decreto 989/2015, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería. Dicho Real Decreto contiene una Instrucción Técnica Complementaria (modificada por la Orden PRE/647/2014), la cual establece los requisitos esenciales de seguridad de artificios pirotécnicos, otros artículos pirotécnicos y dispositivos de ignición, estableciendo las obligaciones y requisitos de seguridad que deben cumplir esos dispositivos para su puesta en el mercado y uso seguro y, entre ellos que no sean utilizados en espacios no adecuados o sin evaluación técnica, sin control ni medidas específicas de seguridad o sin proyecto técnico. Así pues, esta tercera norma no prohíbe de forma taxativa la utilización de estas fuentes de ignición, pero sí somete su uso a estas condiciones y requisitos sin cuyo cumplimiento no se pueden utilizar en estos espacios.
Tal y como explica Ignacio López, director de Preventia y autor del informe técnico "estas tres normas en su conjunto, aplicables a cualquier espacio interior de restauración u ocio nocturno de España prohíben el uso de fuentes de ignición como bengalas de fuego o chispas o pirotecnia, a menos que su uso hubiere sido autorizado previamente y se cumpliera con las medidas impuestas en dicha autorización concedida por la autoridad competente o especificadas en el proyecto técnico junto con las medidas de prevención de incendios instaladas en el local".
El experto en incendios ha seguido explicando que "por esta razón, debemos concluir que el uso de estas fuentes de ignición está prohibido de forma genérica en estos espacios en todo el territorio de España y ello tanto si son trabajadores los que los portan o bien son clientes, ya que se está incumpliendo con la obligación de no utilizar las mismas en un lugar de trabajo o en un espacio con elementos decorativos no ignífugos y sin autorización concedida por la autoridad competente previo análisis de las medidas de prevención de incendios implementadas en el local".
Por su parte, Joaquim Boadas, secretario general de la patronal estatal Spain Nightlife y presidente de la Asociación Internacional de Ocio Nocturno ha explicado que "a la vista del informe que hemos encargado, nos vemos con la obligación de solicitar a las autoridades competentes en la materia una normativa más clara y taxativa que la existente, la cual debe prohibir sin excepciones el uso de estos elementos de ignición en los interiores de locales de restauración y ocio nocturno, ya que suponen un riesgo para la seguridad de los clientes y de los trabajadores, pues en estos espacios habitualmente existe mobiliario o elementos decorativos tales como telas, disfraces, vegetación artificial, madera no tratada adecuadamente, plásticos, espumas o revestimientos que no son ignífugos y por ello la coexistencia de estos dos factores constituye un elemento de riesgo singular de incendio, ya que su combinación puede generar una combustión".
El dirigente patronal ha continuado explicando que "desde hace años existen alternativas a las bengalas de fuego y chispas, como ahora las bengalas LED, que combinadas con otros elementos luminosos y decorativos, tales como carteles luminosos, lámparas y accesorios y creaciones muy llamativas, dan el protagonismo y la visibilidad necesaria a los clientes que compran botellas en las zonas VIP, y ello sin que exista ningún riesgo de incendio o de que alguien sufra quemaduras. De hecho, nosotros llevamos desde el año 2013 recomendando la sustitución de las bengalas de fuego por bengalas LED y esta exigencia la tenemos introducida en nuestros distintivos internacionales de seguridad, al igual que también recomendamos la sustitución de las shishas que funcionan con carbón y fuego por shishas electrónicas que funcionan si carbón, ni fuego, ni nicotina".
Lanzamiento de la primera guía Internacional de Prevención de Incendios para Locales de Pública Concurrencia
Tal y como Spain Nightlife anunció en una nota de prensa remitida con carácter anterior, en el marco del 5º Congreso Nacional del Ocio Nocturno (CNON) y el 10º Congreso Internacional de Ocio Nocturno, celebrados los días 18 y 19 de noviembre de 2025 en Valencia, se anunció el lanzamiento de la Primera Guía Internacional de Prevención de Incendios en Locales de Pública Concurrencia, una herramienta técnica de alcance internacional orientada a unificar criterios, reducir la ambigüedad normativa y ofrecer soluciones prácticas y eficaces para la prevención de incendios en espacios de pública concurrencia.
Esta innovadora guía que verá la luz a mediados de este año, está siendo desarrollada por Preventia y la Asociación Profesional de Técnicos de Bomberos de España (APTB), en colaboración con la Asociación Internacional de Ocio Nocturno y la Appleton Private University, y constituirá una referencia de gran valor para el sector tanto a nivel nacional com internacional, al proporcionar metodologías avanzadas de evaluación de riesgos, simulaciones de incendio y de evacuación y criterios técnicos aplicables a distintos tipos de establecimientos.
Entre sus principales aportaciones se incluyen el uso de simulaciones virtuales de evacuación e incendios, la aplicación de tecnología Open BIM y la incorporación de ejemplos reales aplicables a discotecas, salas de conciertos, restaurantes y otros espacios de pública concurrencia.
Tal y como explica Ignacio López "esta guía que actualmente estamos desarrollando establece como medidas prioritarias la realización de inspecciones técnicas previas a la apertura de nuevos locales revisando las medidas de prevención contra incendios tanto activas como pasivas, certificando el cumplimiento de los requisitos de seguridad contra incendios. En cuanto a los locales ya en funcionamiento, se contempla la verificación y actualización de las condiciones de seguridad existentes, corrigiendo las posibles deficiencias detectadas in situ y prestando especial atención a los locales con mayor nivel de riesgo, ya que la seguridad en los espacios de ocio debe ser una prioridad compartida por todos los agentes implicados".
Por su parte, Joaquim Boadas, ha explicado que "esta guía, que pretende ser muy práctica y fácilmente comprensible incluso para personas no expertas en terminología técnica de incendios, tiene como principal objetivo dotar a los locales de pública concurrencia de toda la información necesaria en materia de prevención y actuación ante emergencias, con el fin de evitar que tragedias como las ocurridas en Murcia en 2023 o en Crans-Montana este pasado 1 de enero puedan volver a repetirse".
Para más información se puede enviar un e-mail a la dirección de correo electrónico [email protected] o bien llamar.